viernes, 3 de agosto de 2018

Las alternativas a las pateras

A veces, aquellos que sabemos un poco de algo, damos por supuesto que los demás también lo saben y se nos olvida explicar lo que parece obvio. Esta mañana un amigo y ex alumno me ha pedido que desarrolle las razones por las que los subsaharianos que llegan con pateras a nuestras costas no lo hacen como repite el mantra de la Unión Europea, legal y ordenadamente, es decir, con su visado.

Así pues, me he propuesto recuperar mi blog para explicar lo que a mi me parece obvio, pero que se ve que no es tan obvio para muchos que tergiversan la realidad para soltar su racismo.

Para explicarlo, hemos de partir de una cuestión básica, para entrar en Europa hace falta un visado. No siempre. Si eres rico, o al menos provienes de un país rico, no hace falta visado. Es decir, los estadounidenses, japoneses o australianos pueden entrar con su pasaporte sin más. Sorpresa, en esa lista de nacionales de países que pueden entrar en Europa sin visado, no hay ningún país africano.

Por tanto, para entrar en Europa desde cualquier país africano hace falta un visado. Los visados que se pueden solicitar dependen de la razón para la que quieran venir a Europa. Para no extendernos, porque esto depende de cada país, vamos a centrarnos en nuestro caso, es decir, en España.

Primera opción: visado de turista. Para eso es necesario acreditar que dispones de, al menos, 60 euros por cada día que vienes a España, además del billete de ida y vuelta y lugar donde alojarte. Tiene una duración máxima de 90 días y no permite trabajar. Además, te lo pueden denegar cuando lo solicitas sin motivar la denegación, simplemente porque el Consulado no se fíe de que eres turista, como ocurre en la mayoría de los casos desde países africanos.

Segunda opción: visado de residencia. Permite permanecer en España durante un año. Para este hay que demostrar que se dispone de 4 veces el IPREM por cada mes. Es decir, a bote pronto unos 2.800 euros al mes. En total, 33.600 euros. No resulta barato. Podríamos concluir que no está al alcance de la clase media africana.

Tercera opción: visado de trabajo. Este es el que permite trabajar. Para conseguirlo es necesario que un empleador realice un precontrato de trabajo directamente dirigido a la persona africana que se pretende que venga. Dicho de otra forma, un señor que tiene un invernadero en Almería o una fábrica en Sevilla tiene que hacer un documento que diga que quiere contratar a alguien en Burkina Faso. Y no a alguien en general, si no a un persona concreta. ¿Cuántas personas conocéis en Burkina Faso? Los del invernadero en Almería o la fábrica en Sevilla tampoco? Por si esto fuera poco, el proceso dura unos tres meses por lo que el empleador tendría que esperar ese tiempo para incorporar al trabajador. ¿Os parece difícil? Pues para complicarlo más, lo que he dicho arriba es prácticamente imposible puesto que únicamente se pueden realizar este tipo de contrataciones en empleos para los que no haya mano de obra suficiente disponible en España. Por ejemplo, en Sevilla, que como saben no es la provincia más industrializada de Andalucía por mor del centralismo autonómico, sólo se pueden contratar deportistas profesionales o entrenadores deportivos.

Cuarta opción: visado de estudios. Para esto hace falta que el sujeto convalide sus estudios, logre la preinscripción en una universidad española y después acredite que dispone de 8000 euros para vivir en España. Además de estar restringido a personas con nivel universitario, de nuevo los requisitos económicos son muy altos.

Quinta opción: reagrupación familiar. Dejo esta para el final porque para que pueda ser utilizada un familiar directo tiene que encontrarse ya en territorio español con autorización de residencia (con papeles) por lo que se requiere que haya transitado por algunas de las vías expuestas. Además, hay otras restricciones. Los familiares a los que hace referencia son solo cónyuge e hijos (los progenitores solo pueden ser reagrupados tras cinco años de residencia legal y si esos progenitores tienen más de 65 años). Para lograr la reagrupación es necesaria acreditar una capacidad económica constante en el último año y que dependerá de las personas que vayan a convivir. Para tres personas, el solicitante y dos más (unidad familiar casi mínima), es necesario acreditar que se ha ganado de forma constante y en el mismo empleo durante el último año más de 1.100 euros. Es decir, un trabajo de más de un año con un suelo de más de mileurista. Y un unicornio.

A todo esto, hay que sumar que los trámites deben ser realizados personalmente en el Consulado español correspondiente y, como ya saben todos los que han trabajado con la Administración española (y la consular es la peor de las administraciones españolas), no se solventa todo en un día. En el caso de Burkina Faso, el Consulado que corresponde es el de Mali, situado en Bamako que está a 600 kilómetros de la ciudad burkinesa más cercana. 600 kilómetros por carreteras africanas, nada de autovías.

Bonus track: ¿Qué pasa con los refugiados? Hasta ahora hemos hablado de migrantes económicos, pero no hemos mencionado para nada a los refugiados. El lector puede suponer que con los refugiados, con los que huyen de la persecución, la guerra, el miedo, para ellos Europa y España tiene vías más sencillas y humanitarias. Pues no. Lo primero es que la consideración de sujeto merecedor de protección internacional resulta bastante pacata. Por ejemplo, para los europeos que viven en Burkina Faso se considera que la situación de seguridad es volátil. Pero si es un burkinés el que viene a pedir protección internacional esa perspectiva cambia y Burkina Faso se convierte en un Estado seguro.

Pero incluso a aquellos que vienen de Estados inmersos en conflictos bélicos innegables, las condiciones de acceso son imposibles. España eliminó, prácticamente en su totalidad, el asilo diplomático, es decir, aquel que se pide desde el país de origen. En consecuencia, aquellas personas que huyen de una situación de riesgo para su persona deben pisar territorio español para poder solicitar asilo en España (otra cosa es lo que va a pasar luego con esa solicitud, si se le va a informar convenientemente o, si tienen la desgracia de conseguir saltar la valla, se les va a mandar por la puerta de atrás en eso que ha venido en llamarse devoluciones en caliente). No me enrollo que me desvío y ya quien haya llegado hasta aquí ha hecho un esfuerzo: para pedir protección internacional en Europa hay que llegar a Europa. Sea como sea. Incluso jugándose la vida, tanto o más como en el país de origen.

Bueno, igual con este panorama podemos entender mejor por qué los subsaharianos, en lugar de montarse en el ferry que va de Tánger a Algeciras y cuesta unos 60 euros, se juegan la vida pagando una cantidad que supera los mil euros para llegar a España en una patera.